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Sabes cuales son los beneficios que tiene un asegurado en el IESS?

  • Joseph M. Ing. CPA
  • 27 ago 2019
  • 2 Min. de lectura

Los beneficios a los que tienen derecho los asegurados, según la página web del IESS*, son:

*En salud*

1. Acceso a programas de fomento y protección de la salud. 2. Medicina preventiva.

3. Atención médica y odontológica.

4. Maternidad: durante el embarazo, parto y posparto. La afiliada que registre.

5. 12 meses continuos de aportes al IESS.

6. Exámenes de diagnóstico: laboratorio e imagenología.

7. Hospitalización, cirugías.

8. Tratamiento de enfermedades. 9. Rehabilitación

10. Tratamiento de enfermedades crónicas degenerativas

11. Tratamiento de enfermedades catastróficas.

12. Subsidio por enfermedad y por maternidad. Riesgos del trabajo:

13. Cursos y talleres de capacitación de prevención

14. Auditorías a empresas

15. Subsidios o indemnizaciones en forma de pensión o de capital. 16. Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y de rehabilitación, en caso de accidente laboral. La cobertura es desde el primer día, de forma prioritaria en las unidades médicas del IESS. Este Seguro también entrega prestaciones a los afiliados que adquieren una enfermedad profesional.

17. Pensiones mensuales temporales o permanentes. Jubilación

18. Jubilación por vejez: El afiliado que reúne los siguientes requisitos mínimos de edad y aportes al IESS tiene derecho a pensiones mensuales vitalicias: 60 años de edad y 30 de aportes; 65 años de edad y 15 de aportes; 70 de edad y 10 de aportes; o 40 años de aportes de cualquier edad.

19. Jubilación por invalidez: El afiliado que reporte, al menos, cinco años de aportes al IESS y que sufra algún evento que lo invalide para realizar su trabajo puede solicitar la jubilación por invalidez a través del portal web www.iess.gob.ec.

20. Jubilación por discapacidad: De acuerdo con la Ley Orgánica de Discapacidades, las personas con discapacidad pueden jubilarse cuando registren 25 años de aportes al IESS y sin límite de edad; y 20 años de aportes para las personas con discapacidad intelectual.

21. Auxilio por funerales. Los afiliados que reporten por lo menos 12 aportes al IESS y los jubilados pueden acceder a este beneficio.

22. Montepío: Los deudos de los afiliados y de jubilados fallecidos que cumplen con requisitos mínimos, tienen derecho a recibir pensiones mensuales de montepío.

*Préstamos*

23. Hipotecarios

24. Prendarios

25. Quirografarios

 
 
 

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